Un adulto mayor de 73 años debió ser auxiliado por personal de la Corporación, Bomberos de Olmué y Socorro Andino, tras extraviarse en la parte alta del entorno natural.
En buenas condiciones fue encontrado cerca de las 2 de la madrugada del, domingo 19 de febrero, un hombre de 73 años de edad, identificado con las iniciales E.M.N., quien se extravió en la parte alta del sector Granizo del Parque Nacional La Campana, en la comuna de Olmué.
El sábado 18 de febrero pasado, antes de las 9:00 horas, el adulto mayor subió solo hacia la cumbre de esta unidad del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), sin poder bajar posteriormente desde la zona de los rodados.
Aproximadamente a las 21:00 horas del mismo día, el anciano tomó contacto telefónico con los guardaparques del entorno natural, pero no pudo especificar el punto concreto donde se encontraba.
A raíz de esta situación se activó un operativo de emergencia, a cargo de personal de CONAF, Bomberos de Olmué y Socorro Andino, que permitió dar con el paradero de E.M.N. alrededor de las 2 de la madrugada del domingo. No obstante los rescatistas, para prevenir posibles accidentes en el peligroso trayecto, optaron por esperar a que aclarara para descender, llegando a la administración a las 8:30 horas.
Tras bajar, el adulto mayor recibió atención médica de urgencia, constatándose en ese momento que, afortunadamente, sólo presentaba magulladuras y una leve deshidratación.
Ante este nuevo rescate, la jefa de la Sección de Conservación de la Diversidad Biológica de CONAF Valparaíso, Javiera Meza, instó a los visitantes a cumplir cabalmente los reglamentos internos del parque nacional.
“Llamamos a la gente que suba a la cumbre de La Campana lo haga con responsabilidad y que, si presenta alguna dificultad, lo señale para poder hacer los respectivos rescates en horarios de luz. Las personas que no cumplen con la normativa están expuestas a una multa”, advirtió.
Cabe consignar que las sanciones por transgredir el reglamento interno del parque nacional, según la ordenanza municipal vigente, ascienden desde 1 hasta 5 UTM, dependiendo del tipo de infracción y la reincidencia.